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PlayStation5 - Superdigital PlayStation5 - Superdigital

BASES PROMOCIÓN PLAYSTATION 5

En Santiago, a 12 de agosto de 2020, BANCO SANTANDER CHILE, sociedad del giro de su denominación, RUT N°97.036.000-K, todos con domicilio en esta ciudad, calle Bandera 140, comuna de Santiago, Región Metropolitana en adelante el “BANCO”; y ADMINISTRADORA DE CONVENIOS Y BENEFICIOS CLUB ON LINE LTDA., Rol Único Tributario Nº76.148.236-K, todos domiciliados para estos efectos en Huérfanos N°1160 Oficina 909, piso 9, Comuna de Santiago, en adelante indistintamente “COL” o la “AGENCIA”, vienen en este acto de establecer las siguientes bases del concurso o promoción denominado indistintamente “PROMOCION PLAYSTATION 5” , “PROMO PLAY 5” o la “ Promoción”.

PRIMERO: A quienes se dirige la promoción.

La Promoción está dirigida exclusivamente a personas naturales, que cumplan con los siguientes requisitos copulativos:

  • Ser mayores de 18 años.
  • Residir en la República de Chile.
  • Ser titular de una cuenta en la aplicación Superdigital.
  • Usar la App Superdigital durante el periodo de la Promoción, como se describe en el punto “Mecánica de la Promoción”.
  • Mantener su cuenta Superdigital abierta y vigente al momento de la entrega del premio.

Sólo participarán de la promoción aquellas personas que cumplan los requisitos antes descritos, quedando descartados aquellos que no cumplan con alguno de ellos, declaren datos falsos, o realicen acciones dentro de la promoción que sean contrarios a la moral y el orden público, en adelante denominados los “Participantes”.

No podrán participar en la Promoción

  • Colaboradores de Banco Santander que formen parte del área Superdigital con contrato de trabajo indefinido durante la vigencia del concurso.
  • Cualquier persona que haya participado directamente en la creación de estas Bases.
  • Personas que no puedan acceder y crearse una cuenta en la aplicación Superdigital del Banco Santander Chile por cualquier causa.

SEGUNDO: Vigencia de la promoción

La Promoción tendrá vigencia y validez desde las 00:01 horas del día 12 de agosto de 2020 y hasta las 23:59 horas del día 20 de diciembre de 2020. Aun cuando la determinación del ganador y la entrega del premio se verifique y realice después de este período.

TERCERO: Mecánica de la promoción

Durante la vigencia de la promoción, los participantes deben realizar distintas transacciones o usos de la aplicación y de su cuenta Superdigital, los que deben cumplir con los requisitos que se detallan a continuación. Se deja constancia que cada “Uso” dará una opción de participar en el sorteo.

Se entiende como “Uso” de la aplicación realizar cualquiera de las operaciones descritas a continuación, siempre y cuando cada una de ellas implique movimiento de dinero de $5.000 (cinco mil pesos chilenos) o más:

  • Compras con tarjeta virtual.
  • Compras con tarjeta física.
  • Pago de cuentas.
  • Recarga de celular.

Una vez terminado el período de la promoción, se realizará un sorteo entre todos los Participantes, otorgando tantas opciones a cada Participantes como transacciones haya realizado durante el período. El Sorteo es realizado por la Agencia con mecanismos electrónicos que garantizan la transparencia, donde se elegirá a un (01) ganador.

CUARTO: Premios de la Promoción.

  • Se sorteara entre los participantes, una (01) consola de video juegos PlayStation 5.

Si al momento del sorteo y determinación del ganador, el producto no se encuentra disponible en Chile, o, se encuentra agotado en el comercio nacional, y transcurre un plazo de 10 días hábiles desde la realización del sorteo y determinación del ganador sin éxito en conseguir el producto, el BANCO remplazará el premio detallado en la cláusula QUINTA (PlayStation 5), por un premio en dinero, el que consistirá en la entrega de $500.000 (quinientos mil pesos chilenos), el que será entregado al ganador mediante la AGENCIA, vía depósito bancario a su cuenta Superdigital entre el 7 y el 12 de enero del 2021.

QUINTO: Adjudicación del premio

Se llevará a efecto un sorteo entre los días 21 y 23 de diciembre de 2020 ante notario, escogiéndose al ganador computacionalmente en forma aleatoria.

Este sorteo estará a cargo de la agencia Club Online y se realizará entre todos los participantes que cumplan todos los requisitos detallados anteriormente.

El Premio será informado al ganador en un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles después de realizado el sorteo, mediante al menos 1 (uno) uno de los siguientes canales de comunicación: i) al correo electrónico que el cliente declaró al crear su cuenta en la APP o ii) mediante mensaje push a través de la APP.

Superdigital publicará en los siguientes 2 días hábiles posterior al sorteo el nombre del ganador en su sitio web superdigital.cl/playstation5

Si se detectare que los Participantes han incurrido en mecanismos fraudulentos, no cumplan con las condiciones establecidas en las Bases, o demuestra una acción indebida que atente contra las políticas de Superdigital, ese Participante y/o Ganador será descalificado y será excluido de la Promoción.

SEXTO: Plazo y forma de entrega de premio.

El Participante ganador será notificado mediante los medios de comunicación especificados en el punto QUINTO.

El Premio será enviado a la dirección del ganador, la cual se encuentra en su cuenta Superdigital registrada a su nombre dentro de los siguientes 10 (diez) días hábiles después de haber sido notificado del Premio, o bien, se realizará el depósito del dinero en su cuenta bancaria Superdigital entre el 7 y el 12 de enero del 2021.

Si bien el premio será enviado dentro de los siguientes 10 días hábiles, hay que considerar que el tiempo de llegada del premio al domicilio del ganador, dependerá de la zona geográfica donde resida este ya sea dentro de la región metropolitana o en las regiones de nuestro país.

SÉPTIMO: Pago de impuestos

El impuesto a la renta, así como cualquier otro tributo que se derivare del Premio para los ganadores, será de cargo de cada ganador del sorteo y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda a BANCO SANTANDER CHILE ni la AGENCIA responsabilidad alguna en ello.

OCTAVO: Responsabilidad por el sorteo

La realización del sorteo, determinación de los ganadores, la entrega y administración de los Premios es única y exclusiva responsabilidad de la AGENCIA sin responsabilidad alguna para el BANCO.

Se deja expresamente establecido que, de acuerdo con el Capítulo 18-13 de la Recopilación de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, la entrega de los bienes o Premios y la administración o prestación de servicios no bancarios ofrecidos, son de exclusiva responsabilidad de la AGENCIA no cabiéndole al BANCO intervención alguna en su entrega o en la ulterior atención que ellos demanden.

Toda duda de interpretación de estas bases será resuelta entre la AGENCIA y el BANCO, actuando conjuntamente.

NOVENO: Exclusión de responsabilidad

Toda vez que el BANCO no participa en la elección, ni en la entrega del Premio, no es responsable de manera alguna de vicios ocultos, desperfectos o fallas que pudieren tener dicho Premio, ni de los perjuicios directos o indirectos que pudiesen ocasionar.

Asimismo, BANCO y AGENCIA no asumen responsabilidad alguna si a consecuencia de cualquier hecho, accidente o circunstancia posterior a la entrega, ocurre cualquier daño o perjuicio a personas o bienes, ya sean propios o ajenos al ganador. Se entenderá que la aceptación de cualquier Premio por el participante ganador implicará para él, para todos los efectos, una renuncia a cualquier reclamación posterior u acción legal contra BANCO y AGENCIA.

DÉCIMO: Obligaciones de los ganadores, aceptación de estas bases y otras estipulaciones

La aceptación de los presentes términos y condiciones implica el consentimiento del ganador para que BANCO utilice sus datos (nombre, apellidos u otros que los participantes aporten), así como de su propia imagen (fotografía o video) y voz, para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing relacionada con el presente sorteo y testimonial del ganador. La utilización de los datos, imagen o voz del participante anteriormente descrito no implica remuneración ni beneficio alguno para el ganador.

UNDÉCIMO: Reglas relativas al premio

Una vez asignado, el Premio es personal, intransferible e intransmisible. Si por cualquier motivo el ganador se inhabilita temporal o definitivamente, incluido fallecimiento, éste quedará cancelado definitivamente, sin que procedan indemnizaciones ni compensaciones de ninguna especie, ni reasignaciones a terceras personas, de manera que el ganador desde ya renuncia a cualquier acción legal en contra de BANCO y AGENCIA.

DUODÉCIMO: Modificación de estas bases

Se deja expresa constancia que esta promoción puede ser suspendida, prorrogada y/o modificada en cualquier forma y tiempo, bastando para ello la declaración por escrito de la AGENCIA y de BANCO.