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BASES CONCURSO SÚPER AMIGALDO 
 
En Santiago, a 27 de agosto de 2021, BANCO SANTANDER CHILE, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 97.036.000-K, todos con domicilio en esta ciudad, calle Bandera 140, comuna de Santiago, Región Metropolitana en adelante el “BANCO”; y ADMINISTRADORA DE CONVENIOS Y BENEFICIOS CLUB ON LINE SPA., Rol Único Tributario Nº 76.148.236-K, todos domiciliados para estos efectos en Huérfanos N° 1160 Oficina 909, piso 9, Comuna de Santiago, en adelante indistintamente “COL” o la “AGENCIA”, vienen en este acto en establecer las siguientes bases del concurso “SÚPER AMIGALDO”:

PRIMERO: A quienes se dirige el Concurso

El concurso que regulan estas bases está dirigido exclusivamente a personas naturales que tengan una cuenta en la red social Instagram y que cumplan con los requisitos mencionados en el segundo punto de estas bases.

SEGUNDO: Mecánica del Concurso.

Sólo participaran del concurso aquellas personas que cumplan los requisitos descritos en estas bases y acepten las condiciones de la misma, quedando descartados aquellos que no cumplan con alguno de ellos, declaren datos falsos, o sean contrarios a la moral y el orden público, en adelante denominados los “Participantes”.

Los Participantes para ser considerados en el sorteo del concurso deberán realizar las siguientes acciones:

  • Seguir la cuenta de Superdigital  en Instagram (https://www.instagram.com/superdigital)
  • El autor principal debe mencionar a tres (03) amigos. Los amigos deben seguir a la misma red social.
  • Los ganadores (el autor del comentario principal y los 3 amigos etiquetados), deberán tener cada uno su cuenta Superdigital activa para hacer el abono del premio. En caso de no tenerla, se les otorgará un máximo de 48 horas para crearla, si en ese tiempo no logran hacerlo quedaran descalificados del sorteo.

El periodo de participación en este concurso se extiende desde el 02 de septiembre de 2021 a las 00:00 hasta el 13 de septiembre de 2021 a las 23:59 horas.

TERCERO: Sorteo.

La AGENCIA llevará a efecto un sorteo el día 14 de septiembre del 2021 ante notario, escogiéndose al ganador computacionalmente en forma aleatoria.

El resultado del sorteo se publicará el 16 de septiembre en www.superdigital.cl

CUARTO: Premios.

Al finalizar el Concurso se realizará un sorteo donde será elegido 1 comentario ganador, dicho comentario debe cumplir con las reglas descritas en el punto dos de estas bases. Cada uno de los mencionados en el comentario de la foto se llevará el premio descrito a continuación:

  • 1 abono de $100.000

El premio no es transferible ni canjeable en otras especies.

QUINTO: Comunicación a los ganadores, plazos para reclamar el premio y entrega.

La AGENCIA contactará al ganador mediante correo electrónico a la dirección que el Participante indique o a través de un llamado telefónico, hasta dentro de los 02 (dos) días hábiles siguientes de realizado el sorteo, indicándole en esa oportunidad la forma de aceptación del premio y su posterior entrega. El premio se entregará al ganador durante septiembre, luego de confirmar sus datos para el abono.

El Participante ganador al momento que se le comunique la obtención del premio, deberá informar su aceptación o rechazo dentro de los siguientes 3 (tres) días hábiles desde que se le envió el correo electrónico a su dirección o llamado, y en caso de ser aceptado, cumplir con lo señalado en estas bases.

En caso de que un cliente rechace el premio o no informe su aceptación o rechazo dentro del período establecido, la AGENCIA, a su discreción, podrá volver a sortear un nuevo ganador para ese premio o dejar el premio desierto.

SEXTO: Responsabilidad por el sorteo.

La realización del sorteo, determinación de los ganadores, la entrega y administración de los premios es única y exclusiva responsabilidad de la AGENCIA sin responsabilidad alguna para el BANCO.

Se deja expresamente establecido que, de acuerdo al Capítulo 18-13 de la Recopilación de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, la entrega de los bienes o premios y la administración o prestación de servicios no bancarios ofrecidos, son de exclusiva responsabilidad de la AGENCIA no cabiéndole al BANCO SANTANDER CHILE intervención alguna en su entrega o en la ulterior atención que ellos demanden.

Toda duda de interpretación de estas bases será resuelta AGENCIA y el BANCO, actuando conjuntamente.

SÉPTIMO: Exclusión de responsabilidad

Toda vez que el BANCO no participa en la elección, ni en la entrega del premio, no es responsable de manera alguna de vicios ocultos, desperfectos o fallas que pudieren tener dicho premio, ni de los perjuicios directos o indirectos que pudiesen ocasionar.

Asimismo, BANCO SANTANDER CHILE y AGENCIA no asumen responsabilidad alguna si a consecuencia de cualquier hecho, accidente o circunstancia posterior a la entrega, ocurre cualquier daño o perjuicio a personas o bienes, ya sean propios o ajenos al ganador. Se entenderá que la aceptación de cualquier premio por el participante ganador implicará para él, para todos los efectos, una renuncia a cualquier reclamación posterior u acción legal contra BANCO SANTANDER CHILE y AGENCIA.

OCTAVO: Obligaciones de los ganadores, aceptación de estas bases y otras estipulaciones

La aceptación de los presentes términos y condiciones implica el consentimiento del ganador para que BANCO SANTANDER CHILE utilice sus datos (nombre, apellidos u otros que los participantes aporten), así como de su propia imagen (fotografía o video) y voz, para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing relacionada con el presente sorteo y testimonial del ganador. La utilización de los datos, imagen o voz del participante anteriormente descrito no implica remuneración ni beneficio alguno para el ganador.

NOVENO: Pago de impuestos

El impuesto a la renta, así como cualquier otro tributo que se derivare del premio para los ganadores, será de cargo de cada ganador del sorteo y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda a BANCO SANTANDER CHILE ni la AGENCIA responsabilidad alguna en ello.

DÉCIMO: Reglas relativas al premio.

Una vez asignado, el premio es personal, intransferible e intransmisible. Si por cualquier motivo el ganador se inhabilita temporal o definitivamente, incluido fallecimiento, éste quedará cancelado definitivamente, sin que procedan indemnizaciones ni compensaciones de ninguna especie, ni reasignaciones a terceras personas, de manera que el ganador desde ya renuncia a cualquier acción legal en contra de BANCO SANTANDER CHILE y AGENCIA.

DÉCIMO PRIMERO: Modificación de estas bases.

 Se deja expresa constancia que esta promoción puede ser suspendida, prorrogada y/o modificada en cualquier forma y tiempo, bastando para ello la declaración por escrito de la AGENCIA y de BANCO SANTANDER CHILE.